Nueva reglamentación para conservación de fachadas Septiembre 2019.
De acuerdo con la reglamentación de la Ley N° 6.116 y la Resolución N° 405 de la AGC.
El propietario está obligado a conservar y mantener la fachada del consorcio o cualquiera de sus partes en perfecto estado de uso, funcionamiento, seguridad, higiene, salubridad y estética.
El aspecto exterior de un inmueble debe conservar en buen estado por renovación del material, revoque, pintura y mantenimiento de los siguientes elementos, no siendo taxativo el siguiente listado:
a. balcones, terrazas y azoteas;
b. barandas, balaustres y barandales;
c. ménsulas, cartelas, modillones, cornisas, saledizos, cariátides, atlantes, pináculos, crestería, artesonados y todo tipo de ornamento sobrepuesto, aplicado o en voladizo;
d. soportales de cualquier tipo, marquesinas y toldos;
e. antepechos, muretes, pretiles, cargas perimetrales de azoteas y terrazas;
f. carteles, letreros y maceteros;
g. jaharros, enlucidos, revestimientos de mármol, paneles premoldeados, azulejos, mayólicas, cerámicos, maderas y chapas metálicas; todo otro tipo de revestimientos existente utilizados en la construcción;
h. cerramientos con armazones de metal o madera y vidrios planos, lisos u ondulados, simples o de seguridad (laminados, armados o templados), moldeados y de bloques;
i. conductos e instalaciones»
Se considera fachada al frente de un inmueble y a todo lo lindante con la Línea Oficial, contemplando ello también todo frente, contrafrente y lateral lindante al espacio público.
Las certificaciones contempladas en esta ley deben ser efectuadas por los Profesionales con incumbencia en la materia que su título, categoría y matrícula, los habiliten.
Deberá acreditar una única e improrrogable certificación técnica sobre el estado de los elementos, con la periodicidad que se detalla a continuación:
Nuevas escalas de Periodicidad de inspección según Antigüedad del Edificio:
- Desde 15 a 25 años Cada 15 años
- Más 25 a 35 años Cada 12 años
- Más 35 a 45 años Cada 10 años
- Más 45 a 55 años Cada 9 años Más 55 años en adelante Cada 5 años
- Más de 70 años Cada 4 años
Arquitectura, Seguridad e Higiene
Para más información, puede comunicarse con el GRUPO SEGZA.
Servicios que presta GRUPO SEGZA:
- Presentación según Ley 257 de Conservación de fachadas
- Relevamientos periódicos en establecimiento con informes digitales en seguridad e higiene. Ley 19587 Sistema de Autoprotección Ley 5920 (Plan de evacuación)
- Estudio de ergonómica LEGISLACIÓN SOBRE ERGONÓMICA LABORAL según Resolución 886/15 SRT Medición de Jabalinas Según Resolución 900/15 SRT
- Instalación de Jabalinas
- Medición de Continuidad en el Conductor de Protección Según Resolución 900/15 SRT Determinación de Carga de Fuego
- Plan Integral de Gestión de Residuos Programas de Seguridad e Higiene Capacitaciones de Personal
- Medición de Iluminación, Ruidos y Vibraciones Cálculo de Ventilación
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