Desde el RPA han solicitado a los Administradores, que hagan saber a los Sres. Consorcistas que este Registro Público de Administradores de Consorcios les recuerda la plena vigencia de la DECAD-2020-524-APN-JGM, de fecha 18/04/2020, dictada por la Jefatura de Gabinete Nacional, en donde se resolvió exceptuar, en el marco de lo establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 355/2020 del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al personal afectado a las actividades y servicios de “atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo” (art. 1º inciso 5); entre otras actividades; rechazando toda conducta, hostigamiento, amenaza, discriminación, insulto y/o escrache para con aquellas personas que se encuentren exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Asimismo, teniendo en cuenta que de acuerdo a lo establecido en los artículos 2° y 3° de la Decisión Administrativa N° 524/2020, los términos y alcances de la excepción al ASPO se encuentra sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales, les requerimos que informen a los nombrados que los distintos protocolos de actuación desarrollados por el Gobierno de la Ciudad se pueden encontrar en el siguiente vínculo:
https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronavirus-covid-19
Finalmente, para el hipotético e improbable caso que los propietarios no se abstengan de realizar acciones como las citadas precedentemente, se invita a que radiquen la pertinente denuncia.
Para quienes quieran descargar el Boletín Oficial, donde se encuentra la decisión mencionada, pueden hacerlo haciendo click aquí.