Si en los consorcios que administramos la recaudación no fue suficiente para abonar todos los gastos, y entre esos gastos se encuentran nuestros honorarios, podríamos acceder al crédito que a continuación comentamos.

Si en los consorcios que administramos la recaudación no fue suficiente para abonar todos los gastos, y entre esos gastos se encuentran nuestros honorarios, podríamos acceder al crédito que a continuación comentamos.
Retención de ganancias (RG 830 y modificatorias)
La RG 830 y sus modificatorias detalla las operaciones que están sujetas a retención de ganancias (Anexo II) y quienes son los sujetos obligados a actuar como agentes de retención (Anexo IV). Establece el monto no sujeto a retención y el porcentaje de retención a practicar según la condición del sujeto frente al impuesto a las ganancias.