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Créditos para monotributistas y autónomos a tasa CERO

afip

Si en los consorcios que administramos la recaudación no fue suficiente para abonar todos los gastos, y entre esos gastos se encuentran nuestros honorarios, podríamos acceder al crédito que a continuación comentamos.

El Gobierno anunció a través del decreto 376/2020 que se otorgarán créditos a tasa cero para monotributistas de todas las categorías y trabajadores autónomos, con un tope de $150.000 en tres meses y que, luego de un período de gracia, podrán ser devueltos en 12 cuotas mensuales.

El financiamiento no podrá exceder el 25% de los ingresos anuales de los beneficiarios ni los $150.000. Es decir, para las personas inscriptas desde la categoría D en adelante, el préstamo no será del 25% sino un porcentaje menor.

La intención es que sólo llegue a los que realmente han tenido una reducción en su facturación por efecto de la pandemia del coronavirus.

NO habrá cruzamiento de datos patrimoniales.

La AFIP sería la encargada de determinar quiénes califican o no para acceder al beneficio. Pero atención! Hay algunas restricciones… No accederían los monotributistas que además están en relación de dependencia, ni los que ya hayan recibido la ayuda de $10.000. Tampoco los que cuentan con inversiones o los que NO hayan tenido una caída en su facturación.
Para acceder es necesario que la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

En los casos en que la facturación electrónica no se encuentre disponible las compras no deberían ser superiores al 80% del promedio mensual del límite inferior de la categoría en que se encuentre registrado.

Las personas que quieran solicitar estos créditos a tasa cero deberán hacerlo directamente en el banco en el que ya están operando y luego les será acreditado el saldo en su tarjeta de crédito. Pero, previamente, la AFIP sería la encargada de determinar quiénes califican o no para acceder al beneficio.

Los que cumplan los requisitos, recibirán el monto del crédito directamente en el saldo de su tarjeta de crédito.
Quienes tomen el crédito quedarían inhabilitados para poder hacer operaciones como compras de divisas ni tampoco acceder a dólares a través del mecanismo de contado con liquidación (CCL).

Dicho crédito será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas. También se contempla que a cada desembolso se le adicionará un monto equivalente a la cuota impositiva y previsional del Monotributo o de jubilación autónomos.
La devolución del mismo será con un plazo de gracia de 6 meses y en 12 cuotas, iguales y consecutivas, sin interés, siendo el costo financiero total del 0%.

Por el momento, se puede solicitar hasta el 30/4/2020.

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Resolución 121/2020: Validación de Audiencias

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abril 30, 2020

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