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Se reglamentó la reforma laboral mediante el decreto 847/2024

En el día de ayer, mediante el decreto 847/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo reglamentó parcialmente la reforma laboral dispuesta por la ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742. Asimismo, es de gran importancia la lectura de sus ANEXO I y ANEXO II, como también de la Ley de Bases 27742 (Título IV – reglamentación de los artículos 76 a 81 – Promoción del empleo registrado y Título V – reglamentación de los artículos 82 a 98 – Modernización Laboral).

Principalmente este nuevo decreto, proporciona las pautas para la regularización de las relaciones laborales vigentes del sector privado que no fueron correctamente registradas o bien, que no se hayan realizado. De este modo, se da la implementación del Sistema de Cese Laboral, uno de los puntos del cual se destacó en varias oportunidades.

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ES OFICIAL: PROTOCOLO DE RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS ESPACIOS COMUNES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

En el día de la fecha y hace instantes, se ha firmado la disposición DI-2020-4725-GCABA-DGDYPC, la cual aprueba el Protocolo de recomendaciones relativo al uso y preservación de los espacios comunes de los Consorcios de Propiedad Horizontal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, destinado a aquellos consorcistas que quieran hacer uso de los espacios comunes y amenities mientras perdure la situación epidemiológica, conforme se establece en el Anexo I (IF-2020-24531024- GCABA-DGDYPC).

Quienes deseen descargar la disposición pueden hacerlo desde este link: DI-2020-4725-GCABA-DGDYPC

Mientras que el protocolo, podrán descargarlo desde aquí: IF-2020-24531024-GCABA-DGDYPC

AFIP ATP
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ATP: se reabren las presentaciones

Tenemos la grata noticia, que nuevamente está disponible desde el día de hoy hasta el día 21 del corriente mes, el sistema ATP. En esta ocasión, los empleadores deberán informar los valores de abril 2019 y de abril 2020.

AFIP ATP ANSES
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ATP: ANSES pagará el jueves y viernes el 50% de los salarios de privados

Quienes se hayan anotado en programa ATP y hayan recibido la notificación de aprobación (recordamos que deben ingresar en la web de AFIP, en DOMICILIO FISCAL ELECTRONICO), pueden consultar cuánto es el monto que pagará ANSES (ingresando al módulo ATP en AFIP). A su vez, ANSES informó que los montos, se pagarán entre el jueves 7 y el próximo viernes 8 de Mayo de 2020.

AFIP ATP
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Sistema ATP: nueva apertura de solicitudes para los beneficios del Dto. 332/20

Queríamos informarles que se reabre de manera excepcional los plazos desde hoy 21 de abrril de 2020 hasta el 23 de abril de 2020, inclusive.

Para los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos todavía no hay reglamentación, por lo informado ayer por los ministros Kulfas y Moroni “Se deberá controlar la semana que viene en la página de AFIP si están calificados para recibir el crédito” no se ha indicado donde.

Por otra parte, hacerles llegar una breve reseña con los puntos principales del Dto. de referencia publicado en el día de ayer, con sus aclaraciones pertinentes al salario complementario a cargo del Estado y la implementacion de un sistema de créditos para monotributistas y autonomos a tasa cero.

Dto 376/20- Ampliación ATP

Mediante el presente decreto, el Gobierno anunció la ampliación del decreto N° 332/20 vinculado con el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y dispuso que el Estado abonará parte de los sueldos de empleados de empresas del sector privado en crisis a causa de la parálisis económica por el  coronavirus.

Se anunció además que se otorgarán a monotributistas y autónomos créditos a tasa cero con garantía del Estado.

Con respecto al salario complementario de cuyo pago se hará cargo el Estado, consistirá en una suma abonada por la ANSES para todos o parte de los trabajadores/as en relación de dependencia cuyos empleadores cumplan con una serie de requisitos establecidos en el mismo DNU.

El monto de la asignación será equivalente al 50 por ciento del sueldo neto del trabajador/a correspondiente a febrero de 2020, «no pudiendo ser inferior a una suma equivalente a un salario mínimo, vital y móvil ni superar dos salarios mínimos, vitales y móviles, o al total del salario neto correspondiente a ese mes».

A partir de esta ampliación mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 376, el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) consistirá en la obtención de uno o más de los siguientes beneficios:

  • Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
  • Salario complementario: asignación abonada por el Estado Nacional para los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.
  • Crédito a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas) y para trabajadores/as autónomos en las condiciones que establezcan la Jefatura de Gabinete de la Nación y el Banco Central, con un subsidio del 100% del costo financiero total.
  • Sistema integral de prestaciones por desempleo: los trabajadores/as que reúnan los requisitos previstos en las leyes N° 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo de entre 6.000 y 10.000 pesos.

En tanto, el crédito a tasa cero para monotributistas y autónomos consistirá en una financiación a ser acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en los términos que, para la implementación de la medida, establezca el Banco Central de la República Argentina.

El monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte el límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Monotributo, con un límite máximo de $150 mil, en tanto, el financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

El Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP) bonificará el 100% de la tasa de interés y del costo financiero total que devenguen los créditos a tasa cero.