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Sueldo

INCREMENTO SALARIAL 2022
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SUTERH: Nuevo Incremento Salarial 2022

En el día de la fecha, desde el Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), han enviado la notificación de un nuevo incremento salarial, el cual iniciará desde agosto y será de una suma fija y remunerativa hasta febrero de 2023.

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SUTERH: Nueva Planilla Salarial Junio 2022

Escala salarial SUTERH, Convenio Colectivo de Trabajo 589/10que rige en materia de categorías laborales, vestimenta, remuneraciones, bonificaciones, horas extra, régimen de feriados y licencias, módulos regionales de negociación colectiva. Ultimo tramo del aumento homologado en febrero del 2022.

AUMENTO SEGURIDAD
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ACUERDO UNIÓN EMPLEADOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA: RS-2022-51458707-APN

En el día de ayer,  se homologó el acuerdo celebrado entre la UNIÓN EMPLEADOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA, por la parte sindical, y la CÁMARA ARGENTINA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD EINVESTIGACIÓN , por el sector empleador, obrante en el RE-2022-43387145-APN-DGD#MT del EX-2022-43388230- -APN-DGD#MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

El dicho acuerdo, las partes convienen nuevas condiciones salariales, aplicables a los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 762/19, de acuerdo a la vigencia y detalles allí previstos.

Quienes deseen visualizar la resolución, pueden hacerlo desde es siguiente link: RS-2022-51458707-APN-STMT

AFIP
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Tutorial ATP: ¿Cómo cargar el Convenio y el CBU del empleado?

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción – ATP

Para continuar y agilizar el trámite los empleadores deberán cargar los datos necesarios (corroborar el convenio e ingresar el CBU) para que los empleados puedan recibir la asistencia.

Repasando la asignación compensatoria al salario será de la siguiente manera:

-Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario bruto, con un valor máximo de 1 Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

-Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores 100% del salario bruto, con un valor máximo de hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

-Para los empleadores de 61 a 100 trabajadores: 100% del salario bruto, con un valor máximo de hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.

El empleador deberá ingresar las diferencias salariales ya que la asignación solo se considera como un pago a cuenta del mismo.

 

 

Carga de Convenio Laboral

Hay que tener en cuenta que cuando se realiza el “Alta Registral” se debe cargar el convenio del empleado, lo más recomendable es revisar que los mismos estén incorporados con el convenio correcto pero en el caso que no sea así se puede realizar el cambio.

  1. Ingresando desde AFIP a Simplificación Registral se puede realizar la modificación.
  2. Ir a Relaciones Laborales / Modificaciones y/o Bajas.
  3. Ingresar CUIL del trabajador/a a cargar y Continuar.
  4. Ir a Modificar Registro en el ícono que se encuentra a la derecha de la pantalla.
  5. Por último ingresamos el Convenio Colectivo de Trabajo según corresponda y confirmamos.

 

Carga de CBU

Para que se haga efectivo el pago de la asignación compensatoria al salario es necesario realizar las cargas del CBU de los empleados. Al igual que con el convenio la misma se realiza desde Simplificación Registral.

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Ir a Relaciones Laborales y dentro del mismo seleccionar Datos Complementarios
  2. Ingresar CUIL del trabajador/a a cargar y Continuar
  3. Ir a “Modificar los Datos Complementarios del Trabajador” ingresando al ícono(una hoja y un lápiz) que se encuentra al margen derecho de la pagina
  4. Luego ir a “CBU para el cobro de asignaciones familiares” , se va abrir la opción para cargar el CBU y una vez ingresado presionar en Confirmar (Parte inferior de la página)

Con estos pasos finales, ya tenemos todo cargado y tendremos que esperar a que la ANSES abone el porcentaje correspondiente del Salario Complementario.