Hace instantes, se emitió la resolución bajo el nombre de “RS-2020-11383026-GCABA-MJGGC“, que hace referencia al expediente N° 11377008-GCABA- DGLTMSGC-20 S/ USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN QUE CUBRAN NARIZ, BOCA Y MENTON.

Hace instantes, se emitió la resolución bajo el nombre de “RS-2020-11383026-GCABA-MJGGC“, que hace referencia al expediente N° 11377008-GCABA- DGLTMSGC-20 S/ USO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN QUE CUBRAN NARIZ, BOCA Y MENTON.

El pasado miércoles habíamos realizado una solicitud a las autoridades, para que puedan incluirse a los Consorcios dentro de la Resolución 4693/20, el nuevo servicio ATP de AFIP.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Resolución 4693/2020, creó el servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, al cual deberán ingresar todos los empleadores a efectos de que, en los casos que así se determine, puedan acceder a los beneficios previstos en el Decreto No 332/20 y su modificatorio Decreto 347/20.

La RG 3369/12 y modificatorias estableció la obligación de actuar como agentes de información, los sujetos que se indican a continuación:

El programa preventivo busca que las 490 mil personas que integran este grupo de riesgo eviten salir de sus casas sin dejar de recibir alimentos y con recomendaciones extremas para evitar el contagio.

En las actuaciones “C. A., T. C/ Consorcio de Propietarios Talcahuano 1034/36/38/40/42/44 s/Cumplimiento de Reglamento de Copropiedad – ordinario”, la sentencia dictada en primera instancia desestimó la excepción de prescripción articulada por el consorcio de propietarios, la falta de legitimación deducida por la Sra. L. P. C. y admitió parcialmente la demanda interpuesta por el actor contra el Consorcio, a quien condenó a realizar los arreglos requeridos dentro del plazo de 10 días. Contra dicho pronunciamiento se alzó el Consorcio.

El Defensor del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Alejandro Amor, le solicitó al RPA que con carácter de muy urgente y por su intermedio se instruya a todas las administraciones de consorcios registradas en esa dependencia a su cargo, para que notifiquen a todos los consorcios que administran el contenido de la presente, en particular que inste a la abstención de las acciones contra los Profesionales Sanitarios (amenazas, insultos, etc.) y que en caso de detectarlas las ponga en conocimiento de este organismo a los fines de iniciar las denuncias respectivas toda vez que podrían resultar constitutivas de delitos y/o contravenciones.

De acuerdo a la emergencia sanitaria por COVID-19, por disposición del Banco Central, las entidades bancarias deberán abrir sus sucursales para el público en general, entre el lunes 13 y el viernes 17 de abril.

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