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Nueva Reglamentación para las Expensas en CABA

Por medio de la DI-2024-1146-GCABA-DGDYPC, se reglamenta la modificación al Modelo Único de Liquidación de Expensas, Anexos I
(IF-2014-09041009-DGDYPC) contemplado por el artículo 2º de la Disposición Nº 856/DGDYPC/2014 modificado también por la Disposición Nº 1494/DGDYPC/2014, en el cual ahora debe incorporarse un código QR o un link/hipervínculo que deberá generar el propio administrador de consorcios y que deberá encontrarse impreso de forma visible en la liquidación de expensas, a fin de permitir el acceso a la documentación que tenga directa relación al periodo para su cancelación por parte de los consorcistas.

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SUTERH: Nueva escala salarial para Febrero 2024

La Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH), junto a los representantes de La Unión Administradores de Inmuebles (UADI), Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI) y la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y. Horizontal (AIERH), presentaron y firmaron un nuevo acuerdo de incremento salarial.
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SUTERH: Nueva escala salarial – Noviembre/2023

Les compartimos la nueva planilla salarial, correspondiente al mes de noviembre 2023. La misma incluye los montos salariales actualizados, plus y beneficios de todas las categorías vigentes en el país incluidas en los CCT 589-590/10.

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Nueva escala salarial SUTERH

Por medio de la presente, compartimos la nueva escala salarial publicada por SUTERH.

Estos son los porcentajes de aumento y la suma fija establecidos que se harán efectivos desde septiembre 2023 hasta enero de 2024:

Septiembre 11% de aumento + $20.000 suma fija.

Octubre 11% de aumento + $20.000 suma fija.

Noviembre 11% de aumento + $20.000 suma fija.

Enero 2024: 11% de aumento + $20.000 suma fija.

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Nuevo incremento en las sumas aseguradas de seguros obligatorios por Responsabilidad Civil C.A.B.A.

Desde el próximo 4 de septiembre rige un nuevo aumento de la UF (Unidad Fija), unidad de medida utilizada para fijar las multas de tránsito en la Ciudad de Buenos Aires, pero que también se utiliza como parámetro para las sumas aseguradas mínimas exigidas de varios seguros obligatorios que rigen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El nuevo valor de la UF es de $ 146,66 (desde el 4 de septiembre de 2023 al 3 de marzo de 2024) que representa un aumento de casi un 42,5 % respecto del valor anterior, y ya se encuentra publicado en la página web de la Dirección General de Estadísticas y Censo del gobierno porteño.

En virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley 451 (Ley 6486) es actualmente competencia de dicha Dirección General determinar por periodos semestrales el valor de la Unidad Fija (UF), la que conforme a la normativa citada es el equivalente al precio promedio medido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de medio (1/2) litro de la nafta de mayor octanaje.

Los valores de los principales seguros de Responsabilidad Civil obligatorios son los que se indican a continuación:

 

RC ASCENSORES Y MONTACARGAS

El monto mínimo de cobertura es:

– 300.000 UF para primer o único elevador. Nueva suma asegurada: $ 43.998.000

– 50.000 UF para cada elevador adicional. Nueva suma asegurada: $ 7.333.000

– Si el elevador estuviese instalado en vivienda unifamiliar se acepta que el mínimo sea de 50.000 UF. (ídem suma anterior)

 

RC CONSERVADORES DE ASCENSORES

La póliza de seguro debe ser contratada con un monto mínimo de cobertura de 350.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 51.331.000

 

RC CALDERAS

– 400.000 UF para única o primera caldera de vapor a alta presión. Nueva suma asegurada: $ 58.664000

– Para la segunda 25% del valor anterior = 100.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 14.666.000

– A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 60.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 8.799.600

 

– 200.000 UF para única o primera caldera de vapor a baja presión. Nueva suma asegurada: $ 29.332.000

– Para la segunda el 25% del valor anterior = 50.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 7.333.000

– A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 30.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 4.399.800

 

– 100.000 UF para única o primera caldera de agua caliente o de fluido térmico. Nueva suma asegurada: $ 14.666.000

– Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 25.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 3.666.500

– A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 15.000 UF. Nueva suma asegurada: $ 2.199.900

 

– 50.000 UF para único o primer acumulador de agua (termotanque). Nueva suma asegurada: $ 7.333.333

– Para la segunda el monto mínimo será del 25% del valor anterior = 12.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 1.833.250

– A partir de la tercera será del 15% del valor de la primera = 7.500 UF. Nueva suma asegurada: $ 1.099.950

 

Quienes deseen consultar el Decreto Reglamentario 64/22 como también el historial de los valores, pueden ingresar a: https://www.estadisticaciudad.gob.ar/eyc/?page_id=127327

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Nuevo Curso de Inicio para formar Administradores de Consorcios

Informamos que ya se encuentra abierta la inscripción, al «Curso de Administrador Profesional», para todo el país. La fecha de inicio es el próximo 09/10/2023 y se desarrollará a distancia por medio de la plataforma ZOOM.

Recordamos que este curso, cuenta con un programa de contenidos el cual permite capacitarse para poder ejercer la actividad de Administrador de Consorcios y es el que permite habilitar al administrador, para inscribirse en el Registro Público de Administrador (RPA) de CABA.

BOLETIN
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Boletín Oficial – Decreto 438/2023: Asignaciones de Bonos

En el día de la fecha, se publicó el decreto 438/2023, el cual informa los individuos que serán beneficiados con un bono, el monto del mismo, como también algunos empleadores, podrán computar a cuenta del pago de sus contribuciones patronales declaradas.

Compartimos a continuación, el boletín oficial: 4382023

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Nuevo Convenio y Beneficio para socios de ACAPPH

Con el objetivo de seguir ayudando a nuestros socios, hemos realizando un convenio con PAGOMIEXPENSA.

Quienes contraten este servicio, tendrán un descuento del mismo para cada Consorcio que utilice es servicio. De tal modo, que cada UF abonará el 2,5% final sobre el pago de su expensa (en los canales que no sean por transferencia bancaria).